Brenac ipv4 broker
22 julio 2020

LACNIC logo

El Registro de Direcciones de Internet de América Latina y el Caribe(LACNIC) anuncia el 21 de Julio 2020 que hoy queda activa la política sobre la habilitación de las transferencias de bloques IPv4 fuera de la región de LACNIC, sin necesidad de que haya un proceso de adquisición o fusión entre las compañías involucradas.

La puesta en práctica de esta política -ratificada el 20 de junio de 2019- supuso un gran desafío tecnológico mediante la integración técnica de cerca de 11 sistemas diferentes con múltiples conexiones entre los Registros Regionales de Internet (RIRs).

Los interesados en ofrecer o recibir direcciones IPv4 de entidades de otros registros con políticas recíprocas (RIPE NCC, APNIC y ARIN) deberán cumplir con una serie de requisitos establecidos en el Manual de Políticas de LACNIC.

En el caso de los asociados directos de LACNIC,  deberán realizar el proceso administrativo correspondiente a través del portal https://milacnic.lacnic.net completando los formularios allí establecidos. Acceda al video instructivo aquí.

Por su parte las organizaciones de Brasil y México, deberán comunicarse con sus respectivos NIRs.

Para más información sobre el proceso, los requisitos y la documentación requerida ingrese aquí.

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